Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 51

   Créase a partir del 1° de enero de 1988, un fondo de hasta N$ 
5:000.000 (nuevos pesos cinco millones) anuales, para apoyar la cooperación técnica internacional al Centro Nacional de la Propiedad Industrial, que será administrado por el Ministerio de Industria y Energía, y destinado a complementar el financiamiento de las contrapartidas nacionales así como las obligaciones contraídas por el país, como consecuencia de convenios de cooperación sobre marcas y patentes.
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