Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 28

   Transfórmanse en el Programa 009 "Administración Carcelaria", Unidad
Ejecutora 026 "Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros 
de Recuperación", los siguientes cargos: un Sargento (PA), cinco Cabo (PA), tres Agente de Primera, dos Agente de Primera (PA), cuatro Agente 
de Segunda (PF) y ocho Agente de Segunda (PA), en: siete Oficial Subayudante (PT) Sicólogo, cuatro Oficial Subayudante (PT) Asistente Social, ocho Oficial Subayudante (PT) Procurador y cuatro Oficial Subayudante (PT) Doctor en Medicina. A los fines de su calificación policial se considerarán como ingresados a partir de la vigencia de la presente ley.
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