Asígnase a la Universidad de la República, por una sola vez, una partida de N$ 128:246.000 (nuevos pesos ciento veintiocho millones doscientos cuarenta y seis mil), equivalente a U$S 458.021 (dólares de
los Estados Unidos de América cuatrocientos cincuenta y ocho mil veintiuno), destinada a cubrir el aporte de la Universidad de la
República a la contrapartida nacional del contrato de préstamo suscrito por el Poder Ejecutivo con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, autorizado por el artículo 612 de la Ley N° 15.809, de
8 de abril de 1986.
INCISO 28
BANCO DE PREVISION SOCIAL