Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 15

   Apruébanse para los Incisos 02 al 13 las modificaciones al Plan de
Inversiones Públicas para el período 1988-1989 contenidas en el anexo a 
la presente ley.
   Los proyectos de inversión incluidos en el planillado anexo a la Ley 
N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, y las modificaciones introducidas en la presente ley, se podrán ejecutar hasta los montos máximos que se
determinan para los Incisos que se detallan:

1988                                                  N$
____                                                  __

12  Ministerio de Salud Pública                  4.806:324.000
07  Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca 5.058:000.000
08  Ministerio de Industria y Energía              388:752.000
11  Ministerio de Educación y Cultura            4.268:999.000
12  Ministerio de Salud Pública                  4.795:088.000

   Prorrógase el plazo que establece el inciso segundo del artículo 41 
de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, hasta el 30 de abril de 1989.
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