Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 147

   Transfórmase un cargo de Director de Departamento (abogado) en un
cargo de Prosecretario Letrado, con una dotación equivalente a la de Juez
Letrado de Primera Instancia del Interior.
   La Contaduría General de la Nación habilitará el crédito correspondiente.
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