Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 134

   La Suprema Corte de Justicia podrá disponer que los funcionarios con
cargo de Procurador que posean título de Abogado, actúen en las 
audiencias como patrocinantes de quienes utilicen los servicios de las distintas Defensorías de Oficio. 
Ayuda