MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
La Suprema Corte de Justicia determinará la fecha de constitución de los nuevos tribunales y juzgados, creados por los artículos 119, 120, 124, 125 y 126, el régimen de turnos en que actuarán en sus respectivas competencias y el sistema de distribución de asuntos en trámite, a la fecha de efectiva constitución de las nuevas sedes judiciales.Ayuda