Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 126

   Créase el Juzgado de Paz Departamental de Maldonado de 2do. Turno,
que funcionará con la oficina del actual Juzgado de Paz Departamental de
Maldonado, el que pasará a ser de 1er. Turno, y que tendrá la misma
competencia que éste. La jefatura de la oficina de ambos Juzgados será
ejercida, durante los años impares, por el magistrado de 1er. Turno, y
durante los años pares, por el magistrado de 2do. Turno. 
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