MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Fe de erratas publicada/s: 09/06/1988.
El contrato de prenda establecido en los artículos precedentes además de dar cumplimiento a lo establecido en la ley N° 5.649, de 21 de marzo de 1918, deberá inscribirse en el Registro General de Bosques de la Dirección Forestal en la forma y condiciones que establezca la reglamentación que se dicte.Ayuda