Fecha de Publicación: 09/02/1988
Página: 276-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 09/06/1988.

Artículo 51

   El Poder Ejecutivo, por vía reglamentaria, determinará el régimen de
otorgamiento de los financiamientos previstos en esta ley, de acuerdo a
las etapas de realización de los proyectos. Se podrá exigir a los
beneficiarios de los financiamientos la contratación de seguros y el
otorgamiento de las garantías que se consideren necesarios.  

                               CAPITULO III

                            Del Fondo Forestal
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