Fecha de Publicación: 09/02/1988
Página: 276-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 09/06/1988.

Artículo 42

  El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a propuesta de la
Dirección Forestal, establecerá anualmente los costos fictos de
forestación y mantenimiento.  
Ayuda