Ley 15.934
Se modifica la ley 10.757 (Orgánica Militar) referente a concursos para ascensos
Poder Legislativo
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Modifícase el literal C) del artículo 280 de la ley 10.757, de 27 de
julio de 1946, modificativa de la ley 10.050, de 18 de setiembre de 1941,
el que quedará redactada de la siguiente manera:
"C) No haber sido calificado "deficiente" o "no apto" en el grado".