Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 80

   Créanse en los mismos subescalafones, especialidades y unidades 
ejecutoras, los cargos cuyos titulares reintegrados en los mismos cargos 
vacantes, sean redistribuidos por aplicación de lo dispuesto por el 
artículo 38 de la Ley N° 15.783, de 28 de noviembre de 1985.
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