En aquellas contrataciones públicas que tengan por objeto la
adquisición de mercaderías o productos procedentes del extranjero, la
Administración Central, las Administraciones Municipales, los Entes
Autónomos y los Servicios Descentralizados, deberán considerar
preferentemente las propuestas que ofrezcan soluciones favorables para la
colocación de productos nacionales exportables.