Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 479

   La conformidad de los ordenadores de gastos e inversiones en las solicitudes para realizar actos o celebrar contratos que originen compromisos, se entenderá autorización suficiente para que las dependencias o servicios administrativos cumplan su tramitación íntegra,
dentro de los límites de competencia que establezca la reglamentación,
sin necesidad de dar nueva intervención en cada etapa a dichos
ordenadores.
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