MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Autorízase al Banco de Previsión Social a disponer de hasta N$ 344:250.000 (nuevos pesos trescientos cuarenta y cuatro millones doscientos cincuenta mil), para el desarrollo de los cometidos establecidos en los numerales 10), 11) y 12) del artículo 4º de la Ley N° 15.800, de 17 de enero de 1986.Ayuda