Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 385

   Prorrógase la vigencia del actual presupuesto que fuera aprobado para
la Dirección General de la Seguridad Social por el artículo 504 de la
Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, el cual regirá para el Inciso 28,
"Banco de Previsión Social", con las modificaciones que se establecen en
los artículos siguientes.
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