Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 359

   Establécese una partida de N$ 15:350.000 (nuevos pesos quince 
millones trescientos cincuenta mil), para la adquisición de seis vehículos, con el siguiente financiamiento:
   A) Rentas Generales, N$ 8:147.217 (nuevos pesos ocho millones ciento
      cuarenta y siete mil doscientos diecisiete).
   B) Venta de los Vehículos del Organismo, en N$ 7:200.000 (nuevos
      pesos siete millones doscientos mil).
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