Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 308

   El régimen procesal penal establecido en los artículos precedentes
podrá extenderse en el futuro a otros departamentos, por resolución
fundada de la Suprema Corte de Justicia.
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