Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 273

   Facúltase al Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Salud
Pública, para adecuar sus programas y redistribuir los créditos
presupuestales a los efectos de adaptarlos a su nuevo ordenamiento.
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