Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 201

   Increméntase por el Ejercicio 1987, el Renglón 061.301 "Por Trabajo en
Horas Extras", del Programa 002 "Publicación e Impresiones Oficiales",
Unidad Ejecutora 002 "Diario Oficial", en N$ 1:280.180 (nuevos pesos un
millón doscientos ochenta mil ciento ochenta) y en la Unidad Ejecutora
003 "Dirección General de la Imprenta Nacional", en N$ 12:100.484 (nuevos
pesos doce millones cien mil cuatrocientos ochenta y cuatro).
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