Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 68

  Agréganse el artículo 37 del decreto-ley número 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 296 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, los siguientes incisos:
  "Las disposiciones del inciso precedente referidas al régimen de trabajo
bajo contratación, no regirán para los funcionarios del Ministerio de
Relaciones Exteriores que resulten aspirantes seleccionados, quienes
continuarán perteneciendo a sus cuadros presupuestales.
  Durante el tiempo en que asistan a los cursos de formación, prestarán
funciones en las mismas condiciones que los demás participantes de dichos
cursos".
Ayuda