Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 220

   Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer la obligación de las
empresas, en las situaciones que considere conveniente, de exhibir el
certificado de encontrarse al día con los Gobiernos Departamentales, para
la realización de actos vinculados a la actividad comercial, industrial,
agropecuaria o de servicios. 

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