Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 686

   A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 680 
y 685, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas deberá transferir en 
el ejercicio 1986 el importe de N$ 100.000.000 (cien millones de nuevos
pesos) del FIMTOP a Rentas Generales.
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