El porcentaje del rubro 0, dispuesto por el literal e) del artículo 53
de la presente ley para racionalizaciones de programas, se entenderá para
el Ministerio de Educación y Cultura como correspondiente a todo el
Inciso, cuyo jerarca realizará la distribución considerando en forma
preferente el mejoramiento del Consejo del Niño y de la Comisión Nacional
de Educación Física, entre los distintos programas.