Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 345

   Transfiérese al programa 013 "Administración de la Política Energética", unidad ejecutora 009 "Dirección Nacional de Energía", el 
Servicio de Inspección de Calderas de Vapor, perteneciente al programa
001 "Administración General", unidad ejecutora 007 "Inspección General
del Trabajo y de la Seguridad Social", del Inciso 13 "Ministerio de 
Trabajo y Seguridad Social".
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