Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 327

   Asígnase al programa 001 "Administración Superior", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", una partida anual de N$ 1.800.000 
(un millón ochocientos mil nuevos pesos), a fin de compensar a técnicos
profesionales de alta especialización en las áreas de energía, energía
atómica, minería, geología e industria.
   La referida compensación no podrá superar el 50% (cincuenta por 
ciento) de la remuneración mensual permanente de cada técnico.
   Previo a su aplicación, el Poder Ejecutivo reglamentará la presente
disposición: establecerá las condiciones que deberán acreditar los
funcionarios para ser considerados de alta especialización.
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