Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 309

   El 5% (cinco por ciento) de los proventos de que dispongan las 
unidades ejecutoras del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
será destinado al programa 011 "Administración Superior" y administrado 
por el ordenador primario de gastos del Inciso. Dicho porcentaje será 
aplicado al aporte del Ministerio para la financiación de convenios de 
cooperación técnica con organismos nacionales e internacionales.
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