Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 202

   Facúltase al Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con los Ministros de
Economía y Finanzas e Interior, a disponer la presupuestación del 
Personal Técnico, Profesional y Especializado que desempeñan funciones en
el programa 1.13 "Servicio de Sanidad Policial", bajo el régimen de
contratación civil, sin que ello suponga lesión de derechos funcionales.
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