Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 200

   Créase en el programa 013 "Servicio de Sanidad Policial", una partida
anual de N$ 36.000.000 (treinta y seis millones de nuevos pesos), a los
efectos de atender las erogaciones que resulten de las contrataciones de
los técnicos y personal especializado que sean necesarios para el
funcionamiento de dicho programa.
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