Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 181

   Asígnase al Ministerio de Defensa Nacional una partida de N$ 272.929.000 (doscientos setenta y dos millones novecientos veintinueve 
mil nuevos pesos), para gastos de funcionamiento excluidos suministros y 
N$ 194.678.000 (ciento noventa y cuatro millones seiscientos setenta y ocho mil nuevos pesos), para suministros con exclusión de combustibles, que deberán ser distribuidos por el Inciso a nivel de programas y rubros.
   Redúcese a N$ 9.859.000 (nueve millones ochocientos cincuenta y nueve
mil nuevos pesos), la partida fijada en el planillado anexo a la presente
ley, en el renglón 200.802 del programa 002 "Ejército".
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