Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 126

   El personal contratado y a contratar para las tareas relativas al VI
Censo General de Población y IV de Viviendas, con cargo a la partida
establecida en el decreto-ley Nº 15.613, de 17 de agosto de 1984, cesará
una vez finalizadas las referidas tareas.
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