Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 121

   Créase un cargo de Director de División Computación en la Dirección
General de Estadística y Censos en el escalafón AaA, grado E4 o su
equivalente en los escalafones AaB o AcC. Dicho cargo será provisto por
concurso entre los funcionarios de la Dirección General de Estadística y
Censos.
   En caso de que el cargo no pueda ser provisto en estas condiciones se
llamará a concurso abierto. La Oficina Nacional del Servicio Civil
supervisará los mencionados concursos.
   El escalafón y grado quedará fijado en oportunidad de la primera
designación.
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