Fecha de Publicación: 23/12/1985
Página: 305-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 25/02/1988.

Artículo 32

    Cuando la resolución emanare de la Secretaría General o de la Gerencia
General, conjunta y subsidiariamente con el recurso de reposición podrá
interponerse el recurso jerárquico para ante el Directorio. Este recurso
de reposición deberá interponerse y resolverse en los plazos previstos por
el artículo 30. Este también regirá, en lo pertinente, para la resolución
del recurso jerárquico y para el posterior contralor jurisdiccional.
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