Fecha de Publicación: 24/09/1985
Página: 750-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 26

 Modifícase el artículo 119 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967,
que quedará redactado de la siguiente manera:

   "Los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores
    pertenecientes al Código Bh, Grados 1 a 7, comprendidos en lo
    dispuesto por el artículo 158 de la ley 12.803, de 30 de
    noviembre de 1960 y disposiciones complementarias,
    modificativas y concordantes, podrán renunciar al régimen de
    dedicación total durante los períodos de adscripción a la
    Cancillería, siempre y cuando las tareas ajenas a las
    cumplidas en esa Secretaría de Estado no sean incompatibles
    con las funciones desempeñadas en ella.
    Consecuentemente, dejarán de percibir la compensación
    complementaria derivada de dicho régimen".
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