Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 92

   La coordinación de todo plan, estudio, información, investigación, 
que los diversos órganos o comisiones ejecuten relacionados con los relevamientos geográficos que indica el Programa 3.07 "Estudios Geográficos", se efectuará por intermedio de la Dirección del Servicio Geográfico Militar.

Ayuda