Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 725

    Ratifícase la autorización concedida al Banco de la República 
Oriental del Uruguay por el artículo 54 de la Ley Nº 14.057, de 3 de febrero de 1972, para conceder un préstamo a la "Organización de la 
Prensa del Interior" para que ésta pueda financiar las importaciones de materias primas, materiales, implementos, maquinarias, repuestos y demás bienes necesarios para la edición de los periódicos del interior del 
país, concediéndosele a esos efectos las divisas o el aval necesario. 

   Dicho préstamo será servido en su totalidad por la institución bancaria, en las condiciones de los incisos 2°, 3° y 4° del artículo 54 
de la Ley Nº 14.057, de 3 de febrero de 1972, y del inciso 2° del 
artículo 55 de dicha ley.
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