Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 724

   La partida de $ 800:000.000 (ochocientos millones de pesos) que para 
el período 1973/1977, se establece en el Programa 11.20, con cargo a la 
cuenta "Inversiones Estatales del Ministerio de Economía y Finanzas", y a los fondos que el legislador arbitre para cumplir con los objetivos de dicho programa, se destinará a financiar el siguiente Plan de Obras de la Comisión Nacional de Educación Física, el que se ejecutará en el 
siguiente orden de prioridades:

1) Construcción de una piscina olímpica.

2) Las obras que tenían como Unidad Ejecutara a la Comisión Nacional de 
   Educación Física a que refieren las leyes Nros. 13.640, de 26 de 
   diciembre de 1967 y 13.737, de 9 de enero de 1969, comprendidas en el 
   Plan de Inversiones 1969/1972 (Programa 11.20). En la ejecución de las 
   obras mencionadas en este numeral, se dará prioridad a las c
   correspondientes al interior del país.

3) Las obras previstas en el artículo 352 de la Ley Nº 13.892, de 19 de 
   octubre de 1970.

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