Autorízase al Poder Ejecutivo a contratar - sujeto a la ratificación
parlamentaria correspondiente - un préstamo con Organismos
internacionales para la construcción de caminos de penetración y adquisición de equipos viales.
El mismo será hasta un monto máximo de U$S 15 millones (quince
millones de dólares estadounidenses), con un interés máximo del 8 %
(ocho por ciento) anual y un plazo mínimo de cancelación de 15 (quince) años.
El Ministerio de Obras Públicas podrá celebrar con los Municipios del
interior, contratos de compra-venta o arrendamiento de los citados
equipos viales o cederlos en préstamo, de acuerdo a las normas que fije
la reglamentación.