Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 672

   Agrégase, como apartado final del inciso tercero, del artículo 234 de la Ley Nº 13.835 de 7 de enero de 1970, la disposición siguiente:

   "Exceptúanse de la obligación de integrar el acta referida, los 
documentos autorizados o cuyas firmas se certifiquen, para ser 
presentados ante cualquier oficina pública".

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