CONSEJO DE MINISTROS
Los subsidios que por Ley de Presupuesto se establezcan para Organismos Públicos, paraestatales o privados, se abonarán en el curso del Ejercicio por duodécimos. Sólo mediante resolución especial del Poder Ejecutivo tomada en cada caso, se podrá efectuar la entrega de más de un duodécimo por mes.Ayuda