Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 606

   Auméntanse en un 50 % (cincuenta por ciento) las remuneraciones de los 
funcionarios administrativos y técnico-profesionales de la Caja de Retirados y Pensionistas Militares (Inciso 31), y en un 40 % (cuarenta 
por ciento) las remuneraciones del personal de Servicios Auxiliares de dicha Caja, aumento que se aplicará sobre el sueldo básico vigente al 1° de enero de 1972 (Renglón 010), incrementado previamente en los nominales de los préstamos de $ 6.000 (seis mil pesos) y en el 15 % (quince por ciento) otorgados a los funcionarios públicos durante el año 1972.
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