Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 580

   Extiéndese a los telefonistas de la Oficina de Comunicaciones de la 
Presidencia de la República, el régimen jubilatorio establecido en la Ley Nº 13.515, de 19 de octubre de 1966.

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