Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 56

   El personal de la Prefectura Nacional Naval quedará incluido 
únicamente en las disposiciones de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946, (Ley Orgánica de la Marina).


   Deróganse todas las normas correspondientes a este personal que, en 
materia presupuestal o legal, regían anteriormente. 


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