Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 55

   Quintuplícanse las tarifas establecidas en el artículo 37 de la Ley 
Nº 13.319, de 28 de diciembre de 1964, modificado por el artículo 68 de 
la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970.

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