Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 506

   La Asesoría Técnica de Arrendamientos quedará sujeta a la 
superintendencia directiva, correctiva, consultiva y económica de la Suprema Corte, y los proventos que recaude conforme a lo dispuesto en el
artículo 56 de la Ley Nº 13.659, de 2 de junio de 1968 se verterán en 
Rentas Generales, previo pago de los honorarios de los peritos. 

Ayuda