Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 482

   Declárase incluidos en el inciso 1º del artículo 25 de la Ley Nº 13.581, de 28 de diciembre de 1966, a los titulares de los cargos expresados en el inciso 13 del artículo 168 de la Constitución de la República, que ejerzan sus funciones en la capital de la República.

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