Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 475

   Establécese una prima de Seguro de Salud de $ 3.000 (tres mil pesos) 
mensuales para todos los funcionarios del Poder Judicial que se liquidará 
conjuntamente con el sueldo.

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