Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 464

   Increméntase en $ 2:000.000 (dos millones de pesos) el Renglón 072 
del programa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para el pago de
compensaciones a los funcionarios del Servicio de Mano de Obra y Empleo, 
que deban cumplir horarios extraordinarios para llevar a cabo el proyecto 
referido en el artículo anterior.

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