CONSEJO DE MINISTROS
Declárase por vía interpretativa que para los afiliados al Banco de Previsión Social cuyo cambio de afiliación fue dispuesto por la Ley Nº 13.666, de 17 de junio de 1968, no rigen las normas que regulan las acumulaciones de pasividades servidas por una misma Caja.Ayuda